Hace poco un abogado me mandó la siguiente cláusula para su incorporación a su propio testamento:
“Designa ante cualesquiera entidades, organismos, aseguradoras, bancarias, financieras o de cualquier índole, que tengan por beneficiario de cualesquiera productos contratados con las mismas, indemnizaciones, derechos, créditos, planes de pensiones, seguros de vida, seguros de accidentes, y en general, cualesquiera beneficios, con independencia de que estén designados los herederos legales de la misma, por el importe íntegro, a ***.”