Tengo un expediente de segregación que se firmó antes de la entrada en vigor de la Ley 13/15, pero por un descuido no se presentó en el Registro hasta después, con lo cual hay que georreferenciar, y como consecuencia, hacer una rectificación y aclaración.
Resulta que en la licencia municipal (que, como es habitual, confunde segregación con división) habla de dos parcelas con superficies de 381,77 m2 cada una (en total, 763,54 m2). Al georreferenciar, el técnico ha sacado dos parcelas de 381,58 m2 y 381,97 m2, que suman 763,55 m2.
¿Se aplica aquí el sentido común? ¿O veis necesario rectificar la licencia de segregación por una cosa tan nimia?